domingo, 2 de marzo de 2008

Novedades TJCE


CONCLUSIONES DE LA ABOGADO GENERAL SRA. JULIANE KOKOTT, presentadas el 28 de febrero de 2008, en el Asunto C‑164/07 (James Wood): Discriminación por razón de la nacionalidad – Artículo 12 CE, párrafo primero – Ciudadanía de la Unión – Indemnización a las víctimas de delitos cometidos en el extranjero – Normativa nacional que concede tal indemnización de víctimas únicamente a sus propios nacionales.
NOTA: Cuestión planteada por el tribunal de remisión: «A la vista del principio general de no discriminación por razón de la nacionalidad, consagrado en el artículo [12 CE], ¿es compatible con el Derecho comunitario el artículo 706-3 del Código de Procedimiento Penal francés, según el cual un ciudadano de la Comunidad Europea, residente en Francia, cuyo hijo, de nacionalidad francesa, ha fallecido en un accidente fuera del territorio nacional, no tiene derecho, únicamente por razón de su nacionalidad, a la indemnización que concede el Fonds de Garantie?»

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