jueves, 17 de abril de 2008

Jurisprudencia extranjería


-Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Sala 3ª, Secc. 1ª, de 29 de febrero de 2008: Visado de reagrupación familiar de ascendiente - Remesas económicas remitidas y requisito de la dependencia económica - Situación de vulnerabilidad, tanto física como afectiva, que ha de ser calificada como un supuesto de necesidad de convivencia con la reagrupante - Situación de dependencia de las personas en las últimas etapas de la vida y el denominado apoyo informal.

-Sentencia de Juzgado de Instrucción núm. 6 de Madrid de 21 de diciembre de 2007: Aplicación de la agravante de racismo del art. 22-4º del Código Penal, escasamente aplicada en la práctica.

Fuente: Ilustre Colegio de Abogados de Madrid (ICAM), Comunicado-Extranjería núms. 31/2008 (15-4-2008) y 32/2008 (16-4-2008). Noticia facilitada por Marina Vargas (UNED).

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