lunes, 26 de diciembre de 2011

Jurisprudencia - Reutilización de resoluciones judiciales


Tribunal Supremo, Sala Tercera, de lo Contencioso-administrativo, Sección Pleno, Sentencia de 28 Oct. 2011, rec. 42/2011: Consejo General del Poder Judicial. Reutilización de resoluciones judiciales. Nulidad de pleno derecho del Reglamento 3/2010 sobre reutilización de sentencias y otras resoluciones judiciales. Análisis global del Reglamento cuestionado y de su objeto. Concepto negativo y positivo de reutilización. Carácter privado y no público de la actividad que regula el Reglamento impugnado aunque tome del sector público la materia prima, esto es, documentos generados en dicho sector público, siento una actividad de particulares, personas físicas y empresas. Examen de la Directiva 2003/98, de la que trae causa la Ley 37/2007 sobre reutilización de la información del sector público, comparando las definiciones de «reutilización» en ambas normas y en el Reglamento litigioso, extrayéndose la conclusión de que se trata de actividades conceptualmente idénticas. Regulación completa y novedosa de la actividad por parte del Reglamento controvertido, que se extiende incluso al establecimiento de un régimen sancionador, con definición de infracciones y sanciones y fijación de precios públicos por la utilización y cesión de documentos cuya disponibilidad primariamente corresponde en exclusiva al CENDOJ. Potestad reglamentaria. Examen del contenido y límites de la potestad reglamentaria del Consejo General del Poder Judicial en su relación con la que corresponde al Gobierno. Manifiesta incompetencia del CGPJ para la regulación que se contiene en el Reglamento, que supone un salto cualitativo, una innovación, desde una potestad que viene referida a supuestos y actuaciones dentro del ámbito institucional del poder judicial a una extensión de esa potestad fuera de ese ámbito y referida a sujetos ajenos al mismo. La Ley 37/2007, si bien habilita al Gobierno para su desarrollo reglamentario, no realiza una paralela habilitación al CGPJ respecto de la reutilización de sentencias y demás resoluciones judiciales. VOTO PARTICULAR.
Ponente: Conde Martín de Hijas, Vicente.
Nº de Recurso: 42/2011
Jurisdicción: CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVA
Diario La Ley, Nº 7762, Sección La Sentencia del día, 26 Dic. 2011

Nota: Véase el Acuerdo de 28 de octubre de 2010, del Pleno del Consejo General del Poder Judicial, por el que se aprueba el Reglamento 3/2010, sobre reutilización de sentencias y otras resoluciones judiciales, así como la entrada de este blog del día 22.11.2011.

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