viernes, 4 de mayo de 2012

BOE de 4.5.2012


-Circular 4/2012, de 25 de abril, del Banco de España, sobre normas para la comunicación por los residentes en España de las transacciones económicas y los saldos de activos y pasivos financieros con el exterior.
Nota: Mediante esta disposición se adaptan las actuales normas sobre comunicación por los residentes en España de las transacciones económicas y los saldos de activos y pasivos financieros con el exterior a las reformas realizadas en el Real Decreto 1816/1991, de 20 de diciembre, y en la Orden de 27 de diciembre de 1991, de 20 de diciembre, por el Real Decreto 1360/2011 y por la Orden EHA/2670/2011, respectivamente.
Esta Circular entrará en vigor el 1.1.2013 (disposición final segunda) [esta fecha parece un error, puesto que las reformas de las normas que desarrolla son aplicables a partir del 1.1.2014]. De hecho, la disposición final primera deroga una serie de disposiciones con efectos 1.1.2014: las circulares 6/2000, de 31 de octubre, y 3/2006, de 28 de julio, así como el ap. 4 de la norma primera, el ap. 2 de la norma segunda, el ap. 2 de la norma tercera y los cuadros 2 A y 2 B del anejo de la Circular 2/2001, de 18 de julio.
-Corrección de errores de la Ley 10/2010 de la Comunidad Autónoma de Cataluña, de 7 de mayo, de acogida de las personas inmigradas y de las regresadas a Cataluña.
Nota: Y ya vamos por la segunda corrección de errores (!). Véase la Ley 10/2010, su primera corrección de errores, así como las entradas de este blog del día 8.6.2010 y del día 23.7.2010.
[BOE n. 107, de 4.5.2012]

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Los comentarios son responsabilidad exclusiva de su autor. Se reserva el derecho de eliminar cualquier comentario contrario a las leyes o a las normas mínima de convivencia y buena educación.