miércoles, 13 de agosto de 2014

BOE de 13.8.2014


Instrumento de ratificación del Convenio Iberoamericano sobre el uso de la videoconferencia en la Cooperación Internacional entre Sistemas de Justicia, hecho en Mar del Plata el 3 de diciembre de 2010.
Nota: Según su art. 1, esta norma convencional tiene por objeto favorece el uso de la videoconferencia entre las autoridades competentes de las partes contratantes como un medio concreto para fortalecer y agilizar la cooperación mutua en materia civil, comercial y penal, y en otras materias que acuerden de manera expresa.
El Convenio contiene una Protocolo adicional relacionado con los costos, régimen lingüístico y remisión de solicitudes.
España ha declarado que la autoridad competente a efectos de la aplicación del Convenio es la Subdirección General de Cooperación Jurídica Internacional del Ministerio de Justicia.
El Convenio y el Protocolo entraron en vigor de forma general y para España el 17.7.2014, es decir, hace casi un mes.
En estos momentos, son Estados parte en el Convenio y en el Protocolo Ecuador, España, México, Panamá y la República Dominicana.

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Los comentarios son responsabilidad exclusiva de su autor. Se reserva el derecho de eliminar cualquier comentario contrario a las leyes o a las normas mínima de convivencia y buena educación.