miércoles, 27 de enero de 2016

Jurisprudencia - Condena por tres delitos fiscales valorando como prueba la "lista Falciani"


Audiencia Provincial de Madrid, Sección 6ª, Sentencia 852/2015 de 9 Dic. 2015, Rec. 1465/2015: Delito contra la Hacienda Pública. Confirmación de condena para el empresario titular de 12 cuentas en el HSBC de Suiza cuyos rendimientos no fueron declarados en el IRPF de dos ejercicios y de patrimonio de otro. Agravación por la especial gravedad de la defraudación atendiendo al importe defraudado, que alcanza los 4,5 millones euros. Presunción de inocencia. No se vulnera. Prueba de cargo suficiente, lícita y eficaz. Validez de la incorporación al proceso, por la AEAT, de los datos cedidos por las autoridades francesas provenientes de la información filtrada y aportada por un ex trabajador del banco HSBC (“lista Falciani”) relativa a clientes con depósitos en cuentas opacas y que sirvieron de base a su investigación de rentas no declaradas. Información que no goza de legítima protección como secreto o dato personal confidencial ya que se refiere a actividades sospechosas de ilegalidad y presuntamente delictivas. El derecho a la intimidad cede frente a determinados fines legítimos u otros derechos constitucionalmente consagrados y no puede extenderse de tal modo que dificulte el deber impuesto en el art. 31 CE de todo ciudadano de contribuir al sostenimiento de los gastos públicos a través del sistema tributario. Virtualidad del Convenio de asistencia judicial en materia penal entre los estados miembros de la UE y de la normativa sobre eficacia probatoria de diligencias practicadas en el extranjero. Juez predeterminado por la ley. No se vulnera. Alegación ex novo sobre pérdida sobrevenida de competencia del Juzgado de lo Penal derivada de la entrada en vigor de la LO 7/2012 de modificación del CP que modificó el art. 305 bis CP. Tal artículo no resulta de aplicación retroactiva por no ser más desfavorable la nueva regulación considerada en bloque que el anterior art. 305.1. Son las calificaciones de las acusaciones las que determinan la competencia, que no puede alterarse por las alegaciones de la defensa.
Ponente: Alvarez Tejero, María de la Almudena.
Nº de Sentencia: 852/2015
Nº de Recurso: 1465/2015
Jurisdicción: PENAL
Diario La Ley, Nº 8690, Sección Jurisprudencia, 27 de Enero de 2016
LA LEY 194412/2015

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