miércoles, 21 de diciembre de 2016

DOUE 21.12.2016


Corrección de errores del Reglamento (UE) 2015/848 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de mayo de 2015, sobre procedimientos de insolvencia.
Nota: Esta corrección afecta a lo que viene siendo un clásico error en la fórmula de la fecha de aplicación del Reglamento. Así, en el art. 84.1 del Reglamento, donde dice que éste se aplicará únicamente a los procedimientos de insolvencia que se abran "después del 26 de junio de 2017", debe decir que se abran "a partir del 26 de junio de 2017", quedando, por tanto, incluido en el ámbito temporal de aplicación el día 26 de junio.
Véase el Reglamento (UE) 2015/848 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de mayo de 2015, así como la entrada de este blog de día 5.6.2015.

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