martes, 3 de enero de 2017

Bibliografía (Revista de revistas) - Arbitraje (2016, núm. 3)


Contenidos de la revista "Arbitraje - Revista de arbitraje comercial y de inversiones", volumen IX, 2016, num.3

Tribuna:
-Francisco RUIZ RISUEÑO, El arbitraje, una conquista de la sociedad civil, pp. 653-659

Estudios:
-Bernardo M. CREMADES, The Use and Abuse of “Due Process” in International Arbitration, pp. 661-676
Las solicitudes de debido proceso están presentes en relación con cualquier decisión adoptada por un árbitro a lo largo del proceso arbitral. Sin embargo, con relativa frecuencia los abogados que representan a las partes interponen este tipo de solicitudes de manera amenazadora, sugiriendo que si el árbitro no acepta sus propuestas de procedimiento, incumpliría las reglas que regulan esta institución. Los abogados no dejan de llamar la atención sobre las consecuencias para la ejecución de las decisiones de incumplimiento del debido proceso. Por lo tanto, es de gran interés analizar y distinguir cuando está justificado plantear cuestiones de debido proceso y cuando nos hallamos ante reclamaciones de carácter abusivo, que el árbitro debe rechazar en favor de una gestión arbitral ordenada y efectiva.
-Jonathan MANCE, Arbitraje – ¿Un derecho para sí mismo?, pp. 677-705
Este artículo argumenta que las tesis que abogan por un sistema independiente o internacional de arbitraje carecen de coherencia. El arbitraje no es, y no debe volverse, un derecho para sí mismo. El arbitraje ya enfrenta problemas en mantener la coherencia dentro de su jurisprudencia, y en mantener su eficacia como un mecanismo de resolución de disputas, particularmente dado que no existen medios generales que aseguran que los laudos son consistentes. Estos problemas no podrían ser más que exacerbados con una declaración de unilateral independencia. Las decisiones del tribunal de la sede deberían, en los casos ordinarios, tratarse como finales y vinculantes. Esto refleja la elección de las partes. La evidencia empírica sugiere que la elección de la sede es usualmente el resultado de una cuidadosa consideración de las eventuales consecuencias legales y no simplemente una cuestión de conveniencia. Ver a los laudos arbitrales como independientes de la función de los tribunales nacionales constituye un paso atrás en términos de la comunidad de naciones y también contradice el texto de la Convención de Nueva York. Los cantos de sirena sobre una completa o mayor autonomía para el arbitraje deben ser vistos con escepticismo. Un creciente mundo interconectado requiere simbióticos (que se apoyen mutuamente) e interrelacionados sistemas de administración de justicia, y no más sistemas legales.
-Gino RIVAS CASO, La motivación de laudos en España. Análisis crítico de la regulación, pp. 707-764
En España, desde 2011, los laudos deben estar siempre motivados, sin que las par-tes puedan disponer lo contrario, lo que genera una suerte de asimilación entre la sentencia judicial y el laudo arbitral. En adición, la anulación del laudo por problemas en la motivación ha derivado en recientes, y controversiales, sentencias judiciales que ingresan al fondo del laudo y evalúan la valoración de pruebas y/o la aplicación del derecho realizada por el árbitro. A fin de cuentas, podría alegarse que las debidas garantías procesales aplican tanto al proceso judicial como al arbitraje, siendo la debida motivación una de dichas garantías. Pero, ¿cuán idéntica, parecida o diferente es la motivación del laudo comparada a la motivación judicial? ¿Cuál es el verdadero contenido, naturaleza y funciones de la motivación del laudo? Éstas son las interrogantes que el presente artículo busca responder.
Varia:
-José CABRERA RODRÍGUEZ, ICSID Awards before US and German Courts: A Comparative Approach, pp. 765-788
El presente trabajo pretende ofrecer un tratamiento comparativo de los mecanismos procesales a través de los que se han implementado las normas de ejecución de la Convención del CIADI en los ordenamientos jurídicos de los Estados Unidos y Alemania. El análisis comparativo toma en conside-ración tanto las normas procesales por las que se rige la ejecución de los laudos del CIADI en ambos países, como la jurisprudencia relevante en esta materia y la doctrina jurídica.
Textos Legales:
Convenios internacionales

Jurisprudencia:
Unión Europea
Jurisprudencia española
Jurisprudencia extranjera

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Bibliografía
Revista de Revistas

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