martes, 7 de noviembre de 2017

BOE de 7.11.2017


Circular 2/2017, de 25 de octubre, de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, por la que se modifica la Circular 2/2011, de 9 de junio, sobre información de las instituciones de inversión colectiva extranjeras inscritas en los Registros de la Comisión Nacional del Mercado de Valores.
Nota: De acuerdo con la exposición de motivos de esta norma, el crecimiento de la comercialización transfronteriza de productos de inversión colectiva hace necesario modificar la Circular 2/2011 de la CNMV (véase la entrada de este blog del día 22.6.2011) para tener una visión general de la comercialización de IIC extranjeras en España, para conocer la evolución y características de este segmento del mercado. De este modo, se modifica el estado estadístico A01 para incorporar nuevas variables tanto cuantitativas como cualitativas. Por otra parte, se incluyen de manera explícita como sujetos obligados al envío de información estadística, las IIC extranjeras no armonizadas. De manera que toda IIC extranjera que se comercialice en España está obligada al envío del estado estadístico A01.

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Los comentarios son responsabilidad exclusiva de su autor. Se reserva el derecho de eliminar cualquier comentario contrario a las leyes o a las normas mínima de convivencia y buena educación.