lunes, 27 de noviembre de 2017

Jurisprudencia - A quién entregar la pensión de alimentos de una hija mayor de edad que estudia en el extranjero


Audiencia Provincial de Barcelona, Sección 18ª, Sentencia 207/2017 de 9 Mar. 2017, Rec. 564/2016: Divorcio. Modificación de medidas. Alimentos. Mantenimiento del importe de las pensiones que ha de abonar el padre a las hijas menores de edad. No se acredita que la situación económica del padre haya mejorado, por lo que no procede el incremento solicitado por la madre. Tampoco constan los ingresos de la progenitora al firmar el convenio regulador, ni prueba búsqueda activa de empleo. La escolarización de las niñas es una circunstancia que ya existía en el momento de firmar el convenio regulador, no se trata de un hecho nuevo que dificulte a la madre para encontrar un trabajo. Respecto a la hija mayor de edad que estudia en Londres, la pensión debe seguir abonándose a la madre, no a la hija directamente. La cuantía de la pensión ha de reducirse ya que el padre paga los gastos derivados de los estudios en Londres y esa estancia de la hija en el extranjero durante el curso escolar implica un menor gasto de manutención a la madre.
Ponente: Viñas Maestre, María Dolores.
Nº de Sentencia: 207/2017
Nº de Recurso: 564/2016
Jurisdicción: CIVIL
Diario La Ley, Nº 9089, Sección Jurisprudencia, 27 de Noviembre de 2017
ECLI: ES:APB:2017:2534

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