viernes, 22 de diciembre de 2017

Bibliografía - España es responsable por la discriminación de los no residentes en el impuesto de sucesiones y donaciones


España es responsable por la discriminación de los no residentes en el impuesto de sucesiones y donaciones. Comentario a la STS 1566/2017, de 17 de octubre
David CARRIÓN MORILLO, Doctor en Derecho. Abogado
Diario La Ley, Nº 9105, Sección Tribuna, 22 de Diciembre de 2017
La STS 1566/2017, de 17 de octubre, supone la constatación de que el Estado español no cumplió a tiempo con la obligación de adaptar su legislación del impuesto de sucesiones y donaciones al Derecho europeo. En ese sentido, no ha tenido en cuenta toda la jurisprudencia comunitaria anterior a la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, de 3 de septiembre de 2014, que establecía, de nuevo, que el diferente tratamiento jurídico que España concedía a los residentes y no residentes en su territorio, a efectos de aplicar el impuesto sobre sucesiones, suponía una clara restricción de la libre circulación de capitales, prohibida por el art. 63 del Tratado de funcionamiento de la Unión Europea. Por ello, el Tribunal Supremo declara la responsabilidad patrimonial del Estado.

Nota: Véase la sentencia del Tribunal supremo, Sala de lo Contencioso, de 17 octubre 2017, núm. 1566/2017 (Roj: STS 3661/2017 - ECLI: ES:TS:2017:3661).


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