jueves, 22 de febrero de 2018

Jurisprudencia - Condiciones solicitud autorización de residencia por circunstancias excepcionales de arraigo social


Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Sala de lo Contencioso, Sección 2, Sentencia de 24 julio 2017, Rec. 458/2017: Extranjería. Obtención del permiso de residencia temporal por circunstancias excepcionales de arraigo social. Al solicitante de la autorización no le es exigible la acreditación de que el empresario tenga medios económicos suficientes para su proyecto empresarial en aplicación de los arts. 64 y 69 del Reglamento de Extranjería, pues lo solicitado no es una autorización de residencia temporal y trabajo por cuenta ajena, sino una autorización de residencia por circunstancias excepcionales de arraigo social del art. 124.2 del Reglamento, cuyas respectivas causas, requisitos de concesión y efectos son diferentes.
Ponente: De la Cruz Mera, Fátima Blanca.
Nº de Recurso: 458/2017
Jurisdicción: CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVA
Iustel - Diario Del Derecho, 22 febrero 2018, sección Jurisprudencia
[Texto Iustel]
[Texto en CENDOJ: Roj: STSJ M 7541/2017 - ECLI: ES:TSJM:2017:7541]

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