martes, 6 de marzo de 2018

DOUE de 6.3.2018


-Recomendación (UE) 2018/334 de la Comisión, de 1 de marzo de 2018, sobre medidas para combatir eficazmente los contenidos ilícitos en línea.
Nota: La Comisión invita a los Estados miembros y a los prestadores de servicios de alojamiento de datos, en relación con los contenidos facilitados por proveedores de contenidos que almacenan a petición de dichos proveedores, a adoptar medidas eficaces, apropiadas y proporcionadas para combatir los contenidos ilícitos en línea, con arreglo a los principios establecidos en la Recomendación y de plena conformidad con la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, en particular, el derecho a la libertad de expresión y de información, y otras disposiciones aplicables del Derecho de la Unión, en particular por lo que respecta a la protección de los datos personales, la competencia y el comercio electrónico (núm. 1).
La Recomendación se basa en los avances registrados en el marco de acuerdos voluntarios entre prestadores de servicios de alojamiento y otros prestadores de servicios por lo que se refiere a diferentes tipos de contenidos ilícitos. En el ámbito del terrorismo, se basa en los avances logrados en el marco del Foro de Internet de la UE (núm. 2). Todo ello debe entenderse sin perjuicio de los derechos y obligaciones de los Estados miembros para adoptar medidas en relación con los contenidos ilícitos en línea, de acuerdo con el Derecho de la Unión, incluida la posibilidad de que las autoridades de los Estados miembros, de conformidad con sus respectivos ordenamientos jurídicos, obliguen a los prestadores de servicios de alojamiento a retirar o bloquear el acceso a dichos contenidos ilícitos. También debe entenderse sin perjuicio de la posición de los prestadores de servicios de alojamiento de datos con arreglo a la Directiva 2000/31/CE y de la posibilidad que se les ofrece de establecer y hacer cumplir sus condiciones de prestación de servicios de conformidad con el Derecho de la Unión y la legislación de los Estados miembros (núm. 3).

Sumario de la Recomendación:
Capítulo I: Finalidad y terminología.
Capítulo II: Recomendaciones generales sobre todos los tipos de contenidos ilícitos:
-Presentación y tramitación de notificaciones.
-Información a los proveedores de contenidos y contranotificaciones.
-Solución extrajudicial de litigios.
-Transparencia.
-Medidas activas.
-Garantías.
-Protección frente a comportamientos abusivos.
-Cooperación entre Estados miembros y prestadores de servicios de alojamiento.
-Cooperación entre prestadores de servicios de alojamiento y notificantes fiables.
-Cooperación entre prestadores de servicios de alojamiento de datos.
Capítulo III: Recomendaciones específicas en relación con los contenidos terroristas.
-Aspectos generales
-Presentación y tramitación de requerimientos.
-Medidas activas.
-Cooperación.
Capítulo IV: Suministro de información.

PARLAMENTO EUROPEO
(Sesiones del 6 al 9 de junio de 2016)

-Resolución legislativa del Parlamento Europeo, de 7 de junio de 2016, sobre el proyecto de Decisión del Consejo por la que se autoriza una cooperación reforzada en el ámbito de la competencia, la ley aplicable, el reconocimiento y la ejecución de resoluciones relativas a los regímenes económicos de las parejas internacionales, tanto en materia de regímenes económicos matrimoniales como de efectos patrimoniales de las uniones registradas (08112/2016 — C8-0184/2016 — 2016/0061(NLE)

-Decisión del Parlamento Europeo, de 8 de junio de 2016, sobre la constitución, las competencias, la composición numérica y la duración del mandato de la comisión de investigación encargada de examinar las alegaciones de infracción y de mala administración en la aplicación del Derecho de la Unión en relación con el blanqueo de capitales y la elusión y la evasión fiscales (2016/2726(RSO))

-Resolución legislativa del Parlamento Europeo, de 8 de junio de 2016, sobre el proyecto de Decisión del Consejo relativa a la celebración, en nombre de la Unión Europea, del Acuerdo entre la Unión Europea y la República de Palaos sobre exención de visados para estancias de corta duración (12080/2015 — C8-0400/2015 — 2015/0193(NLE))

-Resolución legislativa del Parlamento Europeo, de 8 de junio de 2016, sobre el proyecto de Decisión del Consejo relativa a la celebración, en nombre de la Unión Europea, del Acuerdo entre la Unión Europea y el Reino de Tonga sobre exención de visados para estancias de corta duración (12089/2015 — C8-0374/2015 — 2015/0196(NLE))

-Resolución legislativa del Parlamento Europeo, de 8 de junio de 2016, sobre el proyecto de Decisión del Consejo relativa a la celebración, en nombre de la Unión Europea, del Acuerdo entre la Unión Europea y la República de Colombia sobre exención de visados para estancias de corta duración (12095/2015 — C8-0390/2015– 2015/0201(NLE))

-Resolución legislativa del Parlamento Europeo, de 8 de junio de 2016, sobre la propuesta de Directiva del Consejo por la que se establecen normas contra las prácticas de elusión fiscal que afectan directamente al funcionamiento del mercado interior (COM(2016)0026 — C8-0031/2016 — 2016/0011(CNS))

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